Las sociedades anónimas podrán realizar durante el 2021 juntas generales exclusivamente telemáticas

2021-03-15T16:15:00

Se permite expresamente que las sociedades anónimas, tanto cotizadas como no cotizadas, celebren durante todo el ejercicio 2021 juntas exclusivamente telemáticas, aunque los estatutos no lo hubieran previsto.

Las sociedades anónimas podrán realizar durante el 2021 juntas generales exclusivamente telemáticas
15 de marzo de 2021

Se permite expresamente que las sociedades anónimas, tanto cotizadas como no cotizadas, celebren durante todo el ejercicio 2021 juntas exclusivamente telemáticas, aunque los estatutos no lo hubieran previsto.

En caso de que se opte por la celebración de la junta de forma exclusivamente telemática, deberán establecerse medidas para asegurar la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto y ofrecer la posibilidad de participar en la reunión mediante asistencia telemática; representación conferida al Presidente de la Junta por medios de comunicación a distancia y voto anticipado a través de medios de comunicación a distancia.

Recordemos que el RDL 34/2020 ya había establecido la posibilidad de juntas exclusivamente telemáticas para las sociedades limitadas durante 2021, pero había incluido una regla distinta para las sociedades anónimas. La modificación del RDL 5/2021 aclara la situación.

15 de marzo de 2021