La Comisión Europea sanciona a Sanrio por restringir las ventas transfronterizas

2019-07-15T16:21:00
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Sanrio, la conocida empresa japonesa propietaria de los derechos de personajes como Hello Kitty fue sancionada el pasado 9 de julio por la Comisión Europea con una multa de 6,2 millones de euros

La Comisión Europea sanciona a Sanrio por restringir las ventas transfronterizas
15 de julio de 2019

Sanrio, la conocida empresa japonesa propietaria de los derechos de personajes como Hello Kitty fue sancionada el pasado 9 de julio por la Comisión Europea (“Comisión”) con una multa de 6,2 millones de euros por restringir el comercio transfronterizo entre Estados Miembros de la Unión Europea y las ventas online de productos de merchandising a sus licenciatarios.

Esta decisión resulta de las investigaciones iniciadas por la Comisión en junio de 2017 y que afectaban, además de Sanrio, a otras compañías como Nike, sancionada en marzo de este año con 12,5 millones de euros, o Universal Studios, todavía abierta. Las tres investigaciones se refieren a conductas consistentes en restringir la venta transfronteriza de sus productos dentro del mercado único a través de su sistema de licencias.

En concreto, Sanrio ha sido sancionada por establecer condiciones a sus licenciatarios que directa o indirectamente impedían que éstos pudiesen ofertar los productos licenciados por la compañía en Estados Miembros distintos de aquél que se determinaba contractualmente. La Comisión señala que dichas restricciones abarcaban desde cláusulas que expresamente prohibían las ventas a otros Estados Miembros hasta limitaciones en la lengua utilizada en el merchandising. En ocasiones también se sujetaba la renovación del contrato de licencia a la obligación de los licenciatarios de remitir a Sanrio los pedidos transfronterizos. Las restricciones impuestas por Sanrio a los distribuidores tuvieron una duración de casi once años (de enero de 2008 a diciembre de 2018).

Sanrio concede licencias sobre muchos personajes (My Melody, Keroppi o Chococat son algunos ejemplos) que son utilizados por sus licenciatarios en una vasta variedad de productos más allá de juguetería, como tazas, sábanas y artículos de papelería.

“Los consumidores, tanto si compran una taza de Hello Kitty como un juguete de Chococat, podrán ahora disfrutar plenamente de uno de los principales beneficios del mercado único: la capacidad de comprar en toda Europa al mejor precio”. Margrethe Vestager, Comisaria de Competencia, 9 de julio de 2019.

La cooperación activa de Sanrio con la Comisión le ha valido a la empresa japonesa una reducción del 40% del importe de la multa. Esta Decisión se suma a otras recientes (Guess, ARAy fabricantes de productos electrónicos y AB InBev) en las que la Comisión Europea ha acordado reducir la sanción por la cooperación de la empresa investigada por infracciones del derecho de la competencia de naturaleza vertical. En el caso de Sanrio, su cooperación permitió a la Comisión determinar el ámbito temporal de la infracción.  

En la actualidad, la Comisión mantiene abiertas investigaciones por prácticas similares en el mercado de los videojuegos de PC y el sector turístico hotelero. En cuanto al primero, la Comisión investiga presuntos acuerdos bilaterales suscritos por Valve, propietaria de la conocida plataforma Steam, y cinco compañías editoras de videojuegos, que tendrían por efecto limitar la compra digital y el uso de videojuegos en dicha plataforma en función del país de residencia del comprador. Por otro lado, en el sector turístico, la Comisión Europea investiga a Kuoni, REWE y Thomas Cook por acuerdos de discriminación de precios en función de la nacionalidad o procedencia del consumidor.

La nota de prensa de la Comisión Europea está disponible aquí.

15 de julio de 2019